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Residuos comercialesDe acuerdo a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados son considerados residuos comerciales aquéllos que son generados por la actividad propia del comercio, al por mayor y al por menor, de los servicios de restauración y bares, de las oficinas y de los mercados, así como del resto del sector servicios. Además...En la Ley 10/1998, de 21 de abril, derogada por la Ley 22/2011, de 28 de julio, no se incluía una definición de residuo comercial, y ha sido a través de esta nueva regulación que se ha elaborado esta definición, para distinguirlos de los residuos anteriormente denominados urbanos y ahora residuos domésticos. Ver tambiénGestión de los residuos, Puede valorar el interés de este contenido y aportar sus comentarios validándose en la página. Así mismo puede realizarnos sugerencias o aportarnos documentación sobre algún concepto enviando un email a cnic@aec.es. |
Taller de Economía Circular y Residuo Cero
Gestor de Sistemas de Gestión Ambiental
Implicaciones practicas de la Ley de Residuos.2012 | ||
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