Denominación de Origen Protegida

Denominación de Origen Protegida

Bajo esta denominación se recogen los productos que están protegidos por una normativa de la Unión Europea que garantiza el cumplimiento de unos requisitos superiores a los exigidos para el resto de productos.

La Denominación de Origen Protegida (DOP) es el nombre de una región, de un lugar determinado o, en casos excepcionales, de un país, que sirve para designar un producto agrícola o un producto alimenticio. Para ello, el producto debe cumplir los siguientes requisitos:

  • Ser originario de dicha región, de dicho lugar determinado o de dicho país.
  • Tener una calidad o características que se deban fundamental o exclusivamente al medio geográfico con sus factores naturales y humanos.
  • Debe producirse, transformarse o elaborarse en la zona geográfica delimitada.

En que nos ayuda 'Denominación de Origen Protegida'

Para la normalización de estos productos aparecen una serie de disposiciones comunitarias y nacionales, reguladas por el Ministerio deAgricultura, Alimentación yMedio Ambiente, entre las que destaca el “Reglamento (CE) nº 510/2006 del Consejo, de 20 de marzo de 2006, sobre protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios”.

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