Accesibilidad
Según la Ley 51/2003 de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, la Accesibilidad Universal es la condición que deben cumplir los entornos, procesos, bienes, productos y servicios, así como los objetos o instrumentos, herramientas y dispositivos, para ser comprensibles, utilizables y practicables por todas las personas en condiciones de seguridad y comodidad y de la forma más autónoma y natural posible.
El concepto de accesibilidad tiene su origen en el movimiento promovido por algunas organizaciones de personas con discapacidad, organismos internacionales y expertos a favor del modelo de “vida independiente”. Estas organizaciones defienden una participación más activa de estas personas en la comunidad como personas que tienen especiales dificultades para satisfacer unas necesidades que son normales, y que por lo tanto requieren apoyos personales y modificaciones en los entornos que erradiquen los obstáculos que les impiden su plena participación.
Este movimiento a favor de una vida independiente demandó en un primer momento entornos más practicables. Posteriormente, de este concepto de eliminar barreras físicas se pasó a demandar “diseño para todos”, reivindicando finalmente la Accesibilidad Universal.
Ampliando información sobre 'Accesibilidad'
Como consecuencia de la creciente sensibilización por parte de la sociedad y de la necesidad de establecer sistemáticas que ayuden a regularizar las diferentes casuísticas, se han desarrollado normas que tienen por objeto el diseño e implantación de sistemas de gestión que garanticen, más allá del mero cumplimiento legal, la integración en la gestión empresarial de los requisitos de accesibilidad, con los beneficios que eso conlleva. A estos sistemas se les denomina Sistema de Gestión de la Accesibilidad Universal. En España, estos sistemas se rigen por la Norma UNE 170001-2:2007. Accesibilidad Universal. Parte 2: Sistema de gestión de la accesibilidad.